Cómo se construye una reclamación por negligencia médica desde el punto de vista probatorio

Una reclamación por negligencia médica no se sostiene únicamente sobre el daño sufrido. El hecho de que una intervención haya terminado con un resultado adverso, que una enfermedad haya evolucionado desfavorablemente o que hayan aparecido secuelas no permite, por sí solo, concluir que la asistencia sanitaria fue incorrecta. El verdadero reto está en demostrar qué ocurrió, qué actuación era exigible y qué relación existe entre esa actuación y el daño finalmente producido.

Por eso, en Derecho Sanitario, la prueba no debería entenderse como una acumulación de documentos. Lo relevante es cómo encajan esos documentos entre sí y qué permiten acreditar.

 

El punto de partida: separar el resultado de la actuación médica

Uno de los errores más frecuentes al analizar una posible negligencia médica es comenzar por el desenlace y reconstruir retrospectivamente toda la asistencia como si el resultado demostrara que algo tuvo que hacerse mal. Sin embargo, el análisis debe seguir el camino contrario.

Hay que determinar qué situación clínica existía en cada momento, qué información estaba disponible para los profesionales y qué decisiones podían razonablemente adoptarse con esos datos. Solo después puede valorarse si la actuación se ajustó a la práctica médica exigible.

Esta diferencia es fundamental. Una complicación puede producirse pese a una asistencia correcta, del mismo modo que una actuación aparentemente rutinaria puede plantear problemas si no respondió a las circunstancias concretas del paciente.

La prueba, por tanto, debe permitir pasar de una afirmación genérica —«algo salió mal»— a una cuestión mucho más precisa: «¿qué actuación concreta puede considerarse incorrecta y por qué?»

 

La historia clínica no es una prueba aislada

La historia clínica suele constituir uno de los elementos centrales de cualquier análisis de este tipo. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica establece que debe recoger la información relevante para conocer de forma veraz y actualizada el estado de salud del paciente y contempla, entre otros contenidos, la evolución, las órdenes médicas, las exploraciones complementarias, el consentimiento informado, los informes quirúrgicos o de parto y los gráficos de constantes.

Pero disponer de la historia clínica completa no significa que el caso esté demostrado. Su verdadero valor aparece cuando permite reconstruir la evolución asistencial: qué se sabía, cuándo se sabía, qué se hizo después y qué información quedó registrada sobre las decisiones adoptadas.

También puede ser relevante aquello que no aparece. Una ausencia documental no demuestra automáticamente que una actuación no se realizara, pero puede adquirir importancia cuando afecta a una actuación que debía quedar reflejada o dificulta reconstruir un momento clínico relevante. La propia normativa exige que los profesionales colaboren en mantener una documentación clínica ordenada y secuencial.

De ahí que la revisión de la documentación no deba limitarse a buscar una frase que confirme una sospecha. Hay que leerla como una secuencia asistencial.

 

El informe pericial convierte los datos en una valoración médica

Aquí aparece una de las piezas más importantes de la reclamación: la prueba pericial.

Los abogados en negligencias médicas se ocupan de identificar jurídicamente qué debe acreditarse, pero determinar si una decisión médica se apartó de la actuación exigible requiere conocimientos científicos o técnicos. El informe pericial permite precisamente analizar esa dimensión. Su función no consiste simplemente en afirmar que existió mala praxis. Debe explicar, con base en la documentación disponible, cuál era la situación clínica, qué actuación era exigible según las circunstancias y en qué medida la actuación realizada se apartó de ella.

La diferencia es sustancial. Una conclusión sin razonamiento tiene poca capacidad para esclarecer el caso. Una pericial útil debe permitir seguir el razonamiento médico que conduce desde los datos documentados hasta la conclusión.

Además, no todas las cuestiones probatorias tienen el mismo peso. En algunos casos será determinante acreditar una actuación incorrecta; en otros, una demora; en otros, que una determinada información no fue valorada cuando correspondía. El análisis debe adaptarse al caso y no al revés.

 

El nexo causal es el verdadero punto de conexión

Acreditar una actuación médica cuestionable tampoco asegura la obtención de una indemnización por negligencia médica, pues hay que analizar su relación con el daño reclamado.

Esta cuestión puede ser especialmente compleja porque en medicina los resultados suelen depender de múltiples factores y porque una determinada lesión o complicación puede tener varias causas posibles. Por ello, la prueba debe abordar no solo qué ocurrió, sino qué consecuencias pueden vincularse a la actuación que se cuestiona.

Aquí adquiere especial relevancia la diferencia entre causalidad directa y escenarios en los que no puede afirmarse con certeza que una actuación distinta habría evitado completamente el daño. En determinadas situaciones puede entrar en juego la doctrina de la pérdida de oportunidad, que exige un análisis específico y no permite convertir una mera posibilidad hipotética en una certeza.

Por eso, una reclamación bien construida no debería exagerar lo que la prueba permite afirmar. Precisamente al contrario: debe identificar qué puede demostrarse y hasta dónde llega esa demostración.

 

La prueba también debe explicar lo que no ocurrió

Una buena estrategia probatoria no se limita a reunir informes médicos favorables. También debe enfrentarse a las posibles explicaciones alternativas del daño.

Si existen factores propios de la enfermedad, riesgos inherentes al procedimiento o complicaciones que podían producirse incluso con una actuación adecuada, deben ser analizados. Ignorarlos debilita el razonamiento porque permite que la cuestión central quede reducida a una confrontación entre «hubo daño» y «la asistencia fue correcta». La finalidad de la prueba es precisamente salir de esa simplificación.

En los procedimientos judiciales, además, la carga de la prueba no funciona como una regla absolutamente rígida e indiferente a las circunstancias. El artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las reglas generales sobre quién debe acreditar determinados hechos y señala que el tribunal debe tener en cuenta la disponibilidad y facilidad probatoria de cada parte.

Esto resulta especialmente relevante en ámbitos donde parte de la información esencial se encuentra en manos del centro sanitario.

 

Una reclamación sólida no necesita más pruebas, sino mejores conexiones

El valor de las pruebas en una negligencia médica no depende únicamente de la cantidad. Depende de que permita responder, de forma coherente, a las preguntas esenciales del caso: qué ocurrió, qué podía conocerse en cada momento, qué actuación era exigible, qué se hizo realmente y qué relación existe entre esa actuación y el daño.

La historia clínica aporta los hechos documentados; la valoración pericial permite interpretarlos desde el punto de vista médico; y el análisis jurídico determina cómo esos hechos pueden fundamentar una reclamación.

En los casos de posible negligencia médica, esta conexión entre documentación, valoración médica y argumentación jurídica resulta decisiva.

En Hidalgo Fernández Abogados, el estudio individualizado de cada caso permite analizar la asistencia recibida y valorar la viabilidad de una reclamación con una estrategia probatoria adaptada a sus circunstancias concretas.

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