Dentales
¿Ha sufrido una negligencia dental? Nuestros peritos odontólogos valorarán su caso.
Reclamaciones en clínicas dentales
Las clínicas dentales tienen un gran número de reclamaciones por negligencia dental en los tratamientos odontológicos. La inmensa mayoría de estas denuncias por negligencias dentales derivan de tratamiento de ortodoncia, de intervenciones quirúrgicas de implantes y de cirugías maxilofaciales.
En base a la experiencia de los casos en los que han trabajado nuestros abogados cuando se produce una negligencia en tratamientos dentales suele ser por cinco motivos:
1) Error en la indicación del tratamiento: En cuanto a la indicación del tratamiento los dentistas, estomatólogos o maxilofaciales, tendrán que valorar qué tratamiento es el correctamente indicado para el paciente, teniendo en cuenta una serie de factores cómo la edad, situación buco-dental, antecedentes, patologías y dentro de las distintas líneas de tratamiento cual supone al paciente un mayor riesgo beneficio. Es posible que el tratamiento indicado esté abocado al fracaso desde su elección debido a que no todo tratamiento es aplicable a cualquier paciente, por ello los profesionales deben hacer un estudio minucioso para determinar que tratamiento se ajusta mejor al paciente porque en caso contrario se produce una infracción de la “Lex Artis Ad Hoc”.
2) Deficiente información: La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, exige en su artículo 8 el consentimiento libre y voluntario del paciente en cualquier actuación del ámbito de su salud, siendo obligatorio que se firme un consentimiento informado por escrito en las intervenciones quirúrgicas. Sorprendentemente, aunque hayan pasado dos décadas de la promulgación de la ley, en muchas ocasiones, estos consentimientos no se entregan a los pacientes o se entregan con una información incompleta, sin informar a los pacientes de los riesgos típicos, átipicos de la intervención, de las posibles complicaciones del tratamiento y de las alternativas posibles.
En los tratamiento dentales, al encontrarse dentro de la medicina voluntaria o satisfactiva, se intensifica la obligación de informar al paciente para que pueda valorar con libertad si quiere someterse a un tratamiento o intervencion o por el contrario rechazarlo. En este criterio jurisprudencial ha sido seguido por el Tribunal Supremo, en otras resoluciones, por la Sentencia de 25 de abril de 1994 “ una intensificación de la obligación de informar al paciente tanto del riesgo inherente a la intervención, como de las posibilidades de que la misma no comporte la obtención del resultado que se busca, y de los cuidados, actividades y análisis que resulten precisos para el mayor aseguramiento del éxito de la intervención”.
Por lo anterior, se debe informar a los pacientes con consentimiento informados específicos de la intervención quirúrgica a la que se someta al paciente. Nos son válidos los consentimientos informados genéricos sino aquellos que incluyan los riesgos inherentes a la intervención, entre otras exigencias.
Si se genera un daño a un paciente, la falta de información es una infracción de “Lex Artis Ad Hoc” y es indemnizable.
3) Deficiente planificación: Una correcta planificación de un tratamiento o intervención quirúrgica dental es necesario para el éxito del tratamiento. Los tratamientos odontológicos se suelen planificar con radiografias 2D, como las periapicales, ortopantomografía, la nasomentoplaca o las radiografías anteroposteriores, dichas pruebas de imagen permiten ver estructuras dentarias, oseas y anexas en dos dimensiones, como mayor precisión se realizan TAC al paciente permitiendo ver zonas más concretas en tres dimensiones y que son fundamentales en las cirugías implantológicas. También en la actualidad se están utilizando técnicas cómo la guía quirúrgica o cirugía guiada.
La omisión de una correcta planificación con la realización de pruebas de imagen es una actuación negligente si se provocan daños al paciente.
4) Deficiente ejecución: La ejecución del tratamiento debe hacerse de acuerdo con la planificación y con una técnica y manejo adecuado, en caso contrario nos encontramos ante una situación negligente.
5) Deficiente seguimiento postoperatorio: En ocasiones se generan daños a los pacientes sin que existan actuaciones negligentes, pero no actuar a tiempo frente a los daños generados a un paciente prescribiendo un tratamiento o derivando le a un especialista puede suponer que un daño se cronifique (secuela) o se agrave y en ese caso si sería una negligencia dental.
Nuestra trayectoria
¿Qué secuelas son las más comunes provocadas por una negligencia dental?
Las secuelas más comunes provocadas en los tratamiento ontológicos y maxilofaciales son las lesiones nerviosas (nervio trigémino, nervio facial) fractura de mandíbula, daños en elevación de seno, comunicación orosinusal, comonucación oronasal, fractura del paladar, hemorragias.
Si considera que ha sufrido una negligencia odontológica/dental o maxilofacial lo primero que tiene que hacer es solicitar su historia clínica en el centro donde realiza su tratamiento para que podamos hacer una valoración del caso.
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Contamos con tres sedes del despacho en Vigo, Madrid y Las Palmas de Gran Canaria, que nos permiten asumir procedimientos de mala praxis en cualquier punto de la geografía Española sin incrementar los costes a nuestros clientes.
Si cree haber sufrido una negligencia médica contacte con nuestro equipo a través del formulario web o de los teléfonos facilitados. En Hidalgo Fernández Abogados estaremos encantados de atenderle.