Infecciones hospitalarias

Ante una infección es de vital importancia un diagnóstico y tratamiento precoz ¿Ha sufrido una infección hospitalaria no tratada a tiempo?

Ante una infección es de vital importancia un diagnóstico y tratamiento precoz ¿Ha sufrido una infección hospitalaria no tratada a tiempo? 

Infección se define como invasión y multiplicación de agentes patógenos en los tejidos de un organismo. Según cuando se produzca o la relación temporal de esta infección con respecto a un ingreso hospitalario, podemos distinguir las infecciones en adquiridas en la comunidad y las infecciones nosocomiales:

 

  1. Las infecciones adquiridas en la comunidad son aquellas que se producen en ausencia de ingreso hospitalario, o bien tras más de cuatro días desde el alta hospitalaria.
  2. Las infecciones nosocomiales o intrahospitalarias son aquellas que se producen a partir del tercer día de ingreso hospitalario y hasta 72 horas después del alta. Suelen ser patógenos más agresivos y propios del ámbito hospitalario.

Ante una infección, independientemente de que sea nosocomial o adquirida en la comunidad, para que no medie negligencia médica, es de vital importancia un diagnóstico y tratamiento precoz por las graves secuelas que la infección pueda generar.

infecciones-hospitalarias

Nuestra trayectoria

+ 0
Años de experiencia
0 %
Casos ganados
0 %
Expertos en negligencias médicas

¿Cómo deben evitar los hospitales las infecciones?

Las administraciones sanitarias y los hospitales privados para evitar que se produzcan infecciones nosocomiales en dependencias hospitalarias, están obligadas a cumplir unos niveles mínimos de asepsia, desinfección y esterilización, precisamente para que los pacientes que son asistidos en dichos centros sanitarios no padezcan patologías distintas y adicionales a las que provocaron el ingreso o la asistencia hospitalaria.

Por lo anterior, las administraciones hospitalarias actuarán cómo garantes de la prestación del servicio en unas condiciones mínimas de asepsia implantando protocolos, recomendaciones, procedimientos y medidas preventivas de control para evitar la llegada de microorganismos patógenos y virus que pongan en riesgo la salud de los pacientes.

¿Qué infecciones nosocomiales u hospitalarias son las más comunes y que tratamiento precisan?

Los errores más comunes que provocan este tipo de infecciones son la falta de asepsia en la limpieza de las manos y del instrumental quirúrgico, aquellas asociadas a la ventilación mecánica durante un ingreso hospitalario, las asociadas a material protésico, asociadas a los catéteres intravasculares, las relacionadas con medidas profilácticas, descuidos en los quirófanos cómo no cerrar las puertas, deficiente control de las infecciones, neumonía nosocomial, infecciones nosocomiales en partos. 

Este tipo infecciones suelen prolongar el ingreso hospitalario, y precisan en la mayoría de las ocasiones tratamiento antibiótico intravenoso de amplio espectro ya que las bacterias que las producen suelen ser intrínsecamente multi-resistentes, y por tanto, mucho más difíciles de erradicar. De ahí la importancia de un diagnóstico precoz que permita minimizar las secuelas y la mortalidad. 

Medios que hablan de nosotros

error de diagnostico

¿Qué legislación es aplicable ante una infección nosocomial de carácter negligente?

Para encontrar una legislación aplicable a los casos de infecciones nosocomiales tenemos acudir al  RDL 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios  que en sus artículos 147 y 148 del precitado RDL, capítulo II, relativo a la responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos, establece que “Los prestadores de servicios serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y requisitos reglamentariamente establecidos y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio” y que “Se responderá de los daños originados en el correcto uso de los servicios, cuando por su propia naturaleza, o por estar así reglamentariamente establecido, incluyan necesariamente la garantía de niveles determinados de eficacia o seguridad, en condiciones objetivas de determinación, y supongan controles técnicos, profesionales o sistemáticos de calidad, hasta llegar en debidas condiciones al consumidor y usuario”, estableciéndose cómo límite indemnizatorio la cantidad de 3.005.060,52 euros.

¿Cómo resuelven los tribunales este tipo de casos de infecciones nosocomiales?

La jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo (STS 604/1997 , de 1 de julio, STS 225/2004 , de 18 de marzo, STS 446/2019 de 18 de julio) recoge que los preceptos del RDL 1/2007, de 16 de noviembre, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, sirven para resolver los asuntos de negligencias por infección nosocomial, entendiendo que son riesgos que se pueden prevenir y reducir, por lo que establece una responsabilidad de carácter objetivo que se debe imponer a los centros hospitalarios para que cubran los daños generados mediante cuantías indemnizatorias en el caso de que los meritados controles de prevención fallen por causas atípicas o no se cumplen dichas exigencias.

Si ha sufrido secuelas a consecuencia de una infección que no ha sido debidamente controlada en el centro hospitalario contacte con el despacho y valoraremos si puede reclamar por los daños causados.

Lo que dicen de nosotros

Sólo puedo agradecer al abogado Álvaro Hidalgo que me ayudase en mi proceso de reclamación. Destacaría su honestidad y conocimiento, me ayudó a obtener una indemnización por negligencia y siempre le estaré agradecido
estrellas
Juan Manuel Piera Benitez
Muchas gracias a Hidalgo Fernández Abogados por su seriedad y dedicación en mi caso. Gran equipo de profesionales. Me indemnizaron gracias a su trabajo
estrellas
María García
Gracias al despacho por hacer más fácil todo este tiempo. Sois excelentes
estrellas
Daniela Molina

Podemos ayudarte, no dudes en escribirnos

Contamos con tres sedes del despacho en Vigo, Madrid y Las Palmas de Gran Canaria, que nos permiten asumir procedimientos de mala praxis en cualquier punto de la geografía Española sin incrementar los costes a nuestros clientes.

Si cree haber sufrido una negligencia médica contacte con nuestro equipo a través del formulario web o de los teléfonos facilitados. En Hidalgo Fernández Abogados estaremos encantados de atenderle.