Fallecimientos

¿Ha sufrido un familiar un fallecimiento por una negligencia médica? El plazo máximo para reclamar es de un año.

Un fallecimiento, es siempre una situación dolorosa. Precisamos de un periodo de tiempo para realizar el duelo por nuestros seres queridos, postergando así la decisión de reclamar.

¿Pero cual es el plazo para reclamar por un fallecimiento negligente?

Es desconocido de manera generalizada, la existencia del plazo de un año tras el fallecimiento para reclamar por una negligencia médica.

Si cree que un familiar ha sufrido un fallecimiento debido a una negligencia médica, debe ponerse en contacto con el despacho para que valoremos su caso a la mayor brevedad posible, toda vez que si no se ejercita la reclamación por la negligencia causante del fallecimiento en el plazo de un año, los familiares de la persona fallecida perderán el derecho a reclamar. Este derecho se perderá con independencia de que la asistencia prestada al paciente que provocó el fallecimiento fuera o no negligente y aunque se demostrase que dicha actuación es contraria a la “Lex Artis”.

En consecuencia, en ningún caso se podrá obtener una indemnización por el fallecimiento si se reclama fuera del plazo de un año ya que la acción de reclamar estaría prescrita.

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Fallecimientos más comunes por Negligencia Médica

En nuestra experiencia, cómo abogados especialistas en derecho sanitario, hemos visto fallecimientos que se producen por negligencias médicas de todo tipo, los más significativos son:

  • Fallecimiento de la gestante durante el parto.
  • Encefalopatía-hipóxico isquémica que conduce al fallecimiento del recién nacido.
  • Por errores derivados de una intervención quirúrgica.
  • Causados por errores provocados en enfermería.
  • Debido a intervenciones contraindicadas.
  • Retraso de diagnóstico, destacando en este sentido los que se producen por retraso de diagnóstico cáncer al no diagnosticarse a tiempo dicha patología.
  • Consecuencia de un error de diagnóstico, en este caso especialmente relevantes son aquellas situaciones de urgencia cómo un infarto o un ictus, en los que los profesionales sanitarios confunden la sintomatología del paciente y no la relacionan con la enfermedad urgente que está padeciendo y que requiere tratamiento inmediato.
  • Deficiente control del tratamiento.
  • Mal control de la infección o sepsis.
  • Óbitos provocados por un deficiente manejo de las técnicas quirúrgicas.

Nuestra trayectoria

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Expertos en negligencias médicas
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¿Cómo se calcula la indemnización cuando una negligencia médica causa un fallecimiento?

Si la muerte se produce por una mala praxis, los familiares del paciente y sus allegados tendrán derecho a una indemnización económica por los daños causados. Dicha indemnización se calculará con arreglo a Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, utilizada de forma orientativa para calcular los daños provocados a pacientes por negligencias médicas.

En el caso de fallecimiento, utilizaremos para calcular la indemnización la tabla 1.A de indemnizaciones por causa de muerte (perjuicio personal básico) que otorga unas partidas económicas en función del grado de consanguinidad y afinidad con respecto a la persona fallecida, diferenciando en este apartado entre las cantidades correspondientes al cónyuge, descendientes, ascendientes, hermanos y allegados, en función de la edad y los años de convivencia con la persona fallecida. 

Asimismo, también utilizaremos para calcular a cuánto asciende el  fallecimiento, la Tabla 1.B de perjuicio personal particular y  la Tabla 1.C para calcular el perjuicio patrimonial y el lucro cesante, es decir, las cuantías económicas que los familiares y allegados han dejado de percibir y dejarán de percibir por la muerte ocasionada por la negligencia sanitaria. En este apartado se tiene en cuenta la renta de la persona fallecida y la edad del cónyuge, descendientes, ascendientes, hermanos o allegados del finado para establecer la cuantía correspondiente al daño patrimonial.

Nuestros abogados han obtenido cuantiosas indemnizaciones económicas por fallecimiento provocado por negligencia médica.

Para denunciar un fallecimiento causado por una negligencia médica, póngase en contacto con nuestros abogados, valoraremos su caso de forma gratuita y le informaremos sobre cómo reclamar una indemnización económica, que pese a no cubrir el gran vacío que genera la pérdida de nuestro ser querido, sí servirá para que se haga justicia y que no se repita una actuación similar con otros pacientes.

Medios que hablan de nosotros

Lo que dicen de nosotros

Sólo puedo agradecer al abogado Álvaro Hidalgo que me ayudase en mi proceso de reclamación. Destacaría su honestidad y conocimiento, me ayudó a obtener una indemnización por negligencia y siempre le estaré agradecido
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Juan Manuel Piera Benitez
Muchas gracias a Hidalgo Fernández Abogados por su seriedad y dedicación en mi caso. Gran equipo de profesionales. Me indemnizaron gracias a su trabajo
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María García
Gracias al despacho por hacer más fácil todo este tiempo. Sois excelentes
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Daniela Molina

Podemos ayudarte, no dudes en escribirnos

Contamos con tres sedes del despacho en Vigo, Madrid y Las Palmas de Gran Canaria, que nos permiten asumir procedimientos de mala praxis en cualquier punto de la geografía Española sin incrementar los costes a nuestros clientes.

Si cree haber sufrido una negligencia médica contacte con nuestro equipo a través del formulario web o de los teléfonos facilitados. En Hidalgo Fernández Abogados estaremos encantados de atenderle.